Documentos legales

Condiciones generales de venta

Última modificación : El 26 de enero de 2026

PRÉAMBULO

MySolutionConnect, S.L., con NIF B10672608 y domicilio social en Paseo de Betlem nº 9, 07579 Betlem / Artà, Islas Baleares, constituida conforme a la legislación española y con administrador designado, actualmente pendiente de inscripción en el Registro Mercantil (en adelante, la «Sociedad»), es la entidad responsable de la comercialización en España de la gama de software Open Flux, así como de los servicios asociados. La Sociedad forma parte del grupo empresarial al que también pertenece MySolutionConnect SAS, sociedad francesa con sede en 72 route de Neuchâtel, 76000 Rouen, inscrita en el Registro Mercantil de Rouen con el número 789 176 997. No obstante, las presentes Condiciones Generales de Venta se aplican exclusivamente a las operaciones realizadas en España y reguladas por MySolutionConnect S.L. Antes de la formalización del Contrato de venta, la Sociedad ha puesto a disposición del Cliente su propuesta comercial y/o la documentación descriptiva de los Productos, los requisitos técnicos necesarios para su utilización y las presentes Condiciones Generales de Venta (en adelante, las «CGV»). iEl Cliente reconoce que salvo estipulación específica relativa a determinadas Prestaciones los productos software comercializados por la Sociedad son progiciels o soluciones estándar, diseñadas para satisfacer las necesidades del mayor número de usuarios. El Cliente declara haber podido solicitar a la Sociedad cualquier demostración de los Productos y/o información adicional, y disponer de la información suficiente para valorar la adecuación de los Productos a sus necesidades antes de suscribir el Contrato de venta.                                                                                                                              

La firma del Bon de Pedido por parte del Cliente implica, salvo estipulación expresa en contrario, la aceptación plena y sin reservas de las presentes CGV, que constituyen la base jurídica y comercial de la relación contractual entre las Partes.

Artículo 1 – DEFINICIONES

A los efectos de las presentes Condiciones Generales de Venta (CGV), los términos que se indican a continuación tendrán el significado que se les atribuye en este artículo, ya sea en singular o en plural.

Anomalía                                                                                                                                                                                                                                    

Cualquier defecto, error, mal funcionamiento o no conformidad documentada del Progiciel que se manifieste, en particular, mediante un comportamiento repetitivo que no se corresponda con las funcionalidades o prestaciones descritas en la Documentación, siempre que el uso del Progiciel sea normal y conforme a los procedimientos establecidos en dicha Documentación.

Bon de Pedido: El documento emitido por la Sociedad que identifica al Cliente como parte contratante e incluye, entre otros elementos, la descripción del Progiciel (incluido su número de versión), los Servicios eventualmente contratados, el Périmetro, la duración y las condiciones económicas aplicables al periodo contractual correspondiente. Para ser válido, el Bon de Pedido debe estar debidamente cumplimentado y firmado por ambas Partes. El Bon de Pedido se rige por las presentes CGV, salvo estipulación expresa en contrario contenida en el propio Bon de Pedido.

Cliente: La persona física o jurídica que actúa en calidad de profesional y que figura identificada como tal en el Bon de Pedido, representada por una persona física debidamente facultada para su firma.

CGV : Las presentes Condiciones Generales de Venta.

Contrato de venta : El conjunto formado por (i) el Bon de Pedido y (ii) las CGV, prevaleciendo el Bon de Pedido en caso de conflicto, ambigüedad o incompatibilidad entre ambos documentos.

Fecha de Entrada en Vigor : La fecha en la que el Contrato de venta entra en vigor, tal como se indica en el Bon de Pedido. El Bon de Pedido podrá especificar igualmente la fecha de efecto, entendida como la fecha de inicio de la Licencia, de la Suscripción SaaS y/o de los Servicios.

Documentation : El conjunto de descripciones, instrucciones y directrices proporcionadas por el Editor, que detallan las funcionalidades, condiciones de instalación y uso del Progiciel y, en su caso, de las Nuevas Versiones, en el idioma y soporte elegidos por el Editor.

Datos de Carácter Personal: Los datos que permiten identificar, directa o indirectamente, a una persona física, conforme al Reglamento (UE) 2016/679 (RGPD) y a la Ley Orgánica 3/2018 (LOPDGDD).

DPI (Derechos de Propiedad Intelectual: Todos los derechos de propiedad intelectual, incluyendo patentes, derechos de autor, derechos sobre programas de ordenador, derechos sobre bases de datos, diseños industriales, marcas, nombres comerciales, nombres de dominio y know‑how, registrados o no, así como cualquier otro derecho o protección equivalente existente o futuro.

Editor: La entidad titular de los derechos de edición del Progiciel respecto del cual la Sociedad dispone de los derechos necesarios para su comercialización. El Editor concede al Cliente una Licencia o una Suscripción SaaS para el Périmetro y la duración establecidos en el Bon de Pedido.

Entorno: Los requisitos técnicos definidos en el Anexo 1 del Bon de Pedido, así como sus actualizaciones durante la vigencia del Contrato de venta, respecto de los cuales el Cliente declara haber sido informado previamente.

Formación(es) : Los servicios de formación prestados por la Sociedad al Cliente en virtud de un Bon de Pedido, conforme a lo previsto en los artículos 4 y 10.2.

Licencia : El derecho personal y no exclusivo concedido al Cliente para utilizar el Progiciel dentro de los límites de duración y Périmetro establecidos en el Contrato de venta y en el CLUF aplicable. La Licencia podrá ser concedida por la duración de los DPI del Progiciel («licencia perpetua») o por un periodo determinado («licencia en modo suscripción»).

Entregables : Los resultados, documentos o desarrollos generados por la Sociedad en el marco de las Prestaciones o de la Formación, susceptibles o no de protección por DPI.

Maintenimiento : El conjunto formado por el Mantenimiento Evolutivo y el Mantenimiento Correctivo, excluyendo cualquier otro servicio, prestado por la Sociedad en virtud de un Bon de Pedido. Según el tipo de Licencia contratada, el Mantenimiento podrá estar incluido en el precio de la Licencia o de la Suscripción SaaS.

Mantenimiento Correctivo : El servicio de soporte técnico del Progiciel descrito en el artículo 9.1.1.

Mantenimiento Evolutivo : La prestación consistente en la entrega de Actualizaciones del Progiciel conforme al artículo 9.1.2.

Actualización : En el marco de una Licencia, la actualización del Progiciel que incorpora correcciones y/o mejoras respecto de la versión anterior, excluyendo las Nuevas Versiones y cualquier módulo adicional.

Niveles de Servicio : Los compromisos de nivel de servicio del Editor en relación con el Mantenimiento Correctivo, definidos en el Anexo 2 del Bon de Pedido.

Nuvea Versión : Nueva Versión Una versión posterior del Progiciel que incorpora nuevas funcionalidades no presentes en versiones anteriores, excluyendo cualquier módulo adicional.

Parte(s) : Individualmente, la Sociedad o el Cliente; conjuntamente, ambas.

Périmetro : El alcance de la Licencia o de la Suscripción SaaS y, en su caso, de los Servicios, tal como se define en el Bon de Pedido en la Fecha de Entrada en Vigor.

Prestacion(es) : Los servicios distintos del Mantenimiento y de la Formación prestados por la Sociedad al Cliente en virtud de un Bon de Pedido, conforme al artículo 10.

Producto(s) : Conjuntamente, el Progiciel.

Progiciel : El o los programas informáticos estándar, en forma de código objeto ejecutable.Servidor :

Servicios : La Formación, el Mantenimiento y/o las Prestaciones.

Servidor : En el marco de una Suscripción SaaS, el conjunto de equipos informáticos en los que se aloja el Progiciel, pertenecientes al Editor o respecto de los cuales dispone de los derechos necesarios para su explotación.

Sitio Autorizado : La dirección de instalación del Progiciel en el marco de una Licencia.

Souscription SaaS : La puesta a disposición del Progiciel al Cliente en modo SaaS, de forma personal y no exclusiva, dentro de los límites de duración y Périmetro definidos en el Bon de Pedido, incluyendo (i) el acceso remoto al Progiciel, (ii) su alojamiento en el Servidor y (iii) el Mantenimiento

Versión Vigente : La versión más reciente del Progiciel comercializada por la Sociedad.

Artículo 2 – OBJETO

El Contrato de venta tiene por objeto establecer los términos y condiciones aplicables a toda contratación de LicenciasSuscripciones SaaS y/o Servicios ofrecidos por la Sociedad.     La utilización del Progiciel por parte del Cliente queda estrictamente sometida al Contrato de venta aplicable, integrado por el Bon de Pedido y las presentes CGV y limitada a la duración y al Périmetro definidos en dicho Bon de Pedido.           

La aceptación plena y sin reservas del Contrato de venta por parte del Cliente constituye un requisito indispensable para cualquier instalación, acceso y/o utilización del Progiciel. En consecuencia, el Cliente se compromete a respetar todas las obligaciones derivadas del Contrato de venta durante toda su vigencia.

Artículo 3 – PRERREQUISITOS

El Cliente reconoce y acepta que:(i) Ha sido informado, con anterioridad a la firma del Contrato de venta, de los requisitos técnicos del Entorno necesarios para la correcta instalación y utilización del Progiciel, tal como se describen en el Bon de Pedido y en sus anexos. (ii) Es de su exclusiva responsabilidad verificar que su infraestructura informática, sus equipos, sistemas operativos, redes, navegadores, bases de datos y, en general, todos los elementos técnicos que conforman su sistema de información cumplen con el Entorno requerido. (iii) Asume íntegramente la adquisición, instalación, explotación, actualización y mantenimiento del Entorno, incluyendo cuando proceda cualquier software de terceros, licencias, suscripciones, servicios de conectividad o cualquier otro elemento técnico necesario para el funcionamiento del Progiciel. El Cliente será informado por la Sociedad y/o por el Editor, por cualquier medio que estos consideren adecuado, de las evoluciones o modificaciones del Entorno que resulten necesarias durante la vigencia del Contrato de venta. El Cliente se compromete a implementar dichas actualizaciones del Entorno bajo su exclusiva responsabilidad y a su propio coste.

Artículo 4 – PEDIDOS

4.1. Formalización de los pedidos Toda contratación de una Licencia, Suscripción SaaS y/o Servicios requiere necesariamente la firma de un Bon de Pedido por ambas Partes. signature dun Bon de Commande par les Parties. El Bon de Pedido constituye un compromiso firme e irrevocable del Cliente respecto a la Licencia, la Suscripción SaaS y/o los Servicios contratados, para la duración y el Périmetro que en él se establezcan. La firma del Bon de Pedido implica la aceptación plena y sin reservas de las presentes CGV, salvo que el propio Bon de Pedido contenga estipulaciones expresas en contrario.

4.2. Pedidos de Servicios El Cliente podrá contratar Servicios mediante la firma de un Bon de Pedido que deberá incluir, como mínimo: (i) En relación con la Formación: número de participantes, título de la formación, fecha de inicio, ajustes aplicables y lugar de impartición, precio correspondiente, identificación del Cliente. La aceptación por parte de la Sociedad se materializará mediante una confirmación de inscripción, que incluirá la información general relativa a la Formación. (ii) En relación con el Mantenimiento: fecha de efecto, ajustes aplicables, oferta seleccionada, Nivel de Servicio contratado                                      

El Cliente podrá aumentar el Nivel de Servicio inicialmente contratado (dentro de los límites autorizados por el Editor), pero no podrá reducirlo durante la vigencia del Contrato. (iii) En relación con las Prestaciones: descripción detallada de las Prestaciones, fecha de efecto, duración prevista, identificación del Cliente, precio correspondiente.

4.3. Validez del Bon de Pedido La validez del Bon de Pedido queda condicionada a: su completitud, su firma por ambas Partes, y la correcta identificación del Cliente y de los Productos o Servicios contratados. 

En ausencia de estos requisitos, el Bon de Pedido no producirá efectos contractuales.

Artículo 5 – PUESTA A DISPOSICIÓN DE LOS PRODUCTOS 

5.1. Modalidades de entrega y disponibilidad Las condiciones de puesta a disposición de los Productos objeto del Bon de Pedido, así como las condiciones económicas aplicables, se establecen en dicho Bon de Pedido.

La puesta a disposición de los Productos por parte de la Sociedad se considerará como aceptación y recepción de los mismos por el Cliente, salvo que el Contrato de venta contenga estipulaciones específicas relativas al Progiciel.

Los plazos de entrega o disponibilidad indicados por la Sociedad tienen carácter meramente orientativo.En ningún caso el incumplimiento de dichos plazos podrá: generar responsabilidad para la Sociedad, dar lugar a penalizaciones, justificar la resolución del Contrato de venta, ni permitir la anulación del Bon de Pedido.

5.2. Reserva de propiedad y suspensión del servicio La Sociedad se reserva expresamente el derecho a suspender el acceso al Progiciel, tanto en modalidad de Licencia como en modalidad SaaS, en caso de impago total o parcial de las cantidades debidas por el Cliente. En el marco de esta reserva de propiedad: El Cliente reconoce que no adquiere la propiedad del Progiciel, sino únicamente un derecho de uso conforme al Contrato de venta. El Cliente deberá mantener vigentes las pólizas de seguro necesarias para cubrir los riesgos asociados a sus instalaciones y equipos, indicando que actúa tanto en nombre propio como en nombre del titular de los derechos sobre el Progiciel. Cualquier indemnización derivada de un siniestro deberá ser abonada directamente al asegurado correspondiente, sin perjuicio de los derechos de la Sociedad.

La suspensión del servicio por impago no exime al Cliente de su obligación de abonar las cantidades pendientes, ni genera derecho a indemnización alguna.

Artículo 6 – OBLIGACIONES DEL CLIENTE

6.1. El Cliente reconoce que la correcta ejecución del Contrato de venta depende de su colaboración activa, comprometiéndose a:

(i) Informar a la Sociedad de cualquier particularidad de su organización, procesos internos o actividad profesional que pueda influir en la puesta a disposición de los Productos, en la prestación de los Servicios o, en general, en la ejecución del Contrato de venta.

(ii) Poner a disposición de la Sociedad todos los recursos humanos, técnicos y materiales necesarios para el adecuado desarrollo del Contrato de venta.

(iii) Revisar, validar y firmar los informes de intervención relativos a Prestaciones, Formaciones y/o actuaciones de Mantenimiento en un plazo máximo de veinticuatro (24) horas desde su presentación. Transcurrido dicho plazo sin objeciones, los informes se considerarán aceptados sin reservas.

El Cliente se compromete a conocer y respetar estrictamente las condiciones de uso, precauciones y recomendaciones relativas al Progiciel, incluidas las establecidas en el Contrato de venta y en la Documentación, así como las relativas a garantías y responsabilidades del Editor.

El Cliente será responsable del cumplimiento de las obligaciones derivadas del Contrato de venta por parte de su personal, colaboradores, subcontratistas o terceros que utilicen el Progiciel bajo su control, siempre que dicha utilización esté autorizada contractualmente.

El Cliente deberá adoptar todas las medidas necesarias para la protección de su sistema de información y de sus datos. Salvo estipulación expresa en contrario especialmente en el marco de la Suscripción SaaS, el Cliente será único responsable de la realización de copias de seguridad completas y periódicas de sus datos en soportes adecuados.

En el marco de una Licencia, y como parte de su obligación de colaboración, el Cliente deberá conservar una copia de seguridad completa de sus datos antes de cualquier intervención de la Sociedad, incluidas las Prestaciones.

El Progiciel será parametrizado y utilizado bajo la exclusiva dirección, control y responsabilidad del Cliente.

No obstante lo anterior, la Sociedad podrá asistir al Cliente en la instalación, configuración o puesta en marcha del Progiciel mediante Prestaciones específicas, que serán objeto de facturación independiente.

El Cliente declara ser consciente de que la implantación de una solución informática requiere: adaptación de los procesos internos, establecimiento de procedimientos operativos, formación y motivación del personal, adecuación del nivel de competencias de los usuarios y organización de mecanismos de seguimiento.

6.2. Obligaciones generales del Cliente El Cliente declara conocer el funcionamiento de Internet, sus características y limitaciones, reconociendo en particular que:                                                                        

(i) Las transmisiones de datos a través de Internet presentan una fiabilidad técnica relativa, al circular por redes heterogéneas que pueden saturarse o experimentar fallos.                                                                 

(ii) Los datos transmitidos por Internet pueden ser objeto de accesos no autorizados, pese a las medidas de seguridad implementadas por la Sociedad, por lo que la comunicación de información se realiza bajo la exclusiva responsabilidad del Cliente.     

El Cliente se compromete a cumplir la normativa española, europea e internacional aplicable, especialmente en materia de exportación de software y tecnologías. En particular, el Cliente no podrá transferir, directa o indirectamente, el Progiciel a países donde dicha operación esté prohibida o sujeta a autorización administrativa, sin haber obtenido previamente la licencia o autorización correspondiente. En todo caso, el Cliente se compromete a utilizar el Progiciel conforme a: la legislación vigente, el Contrato de venta, la Documentación y las buenas prácticas profesionales.

Artículo 7 – CORRESPONSALES DE LAS PARTES 

7.1. Responsable del Contrato de venta El Cliente se compromete a designar un responsable del Contrato de venta, que actuará como único interlocutor frente a la Sociedad durante toda la vigencia del Contrato. Este responsable será el encargado de: coordinar internamente la ejecución del Contrato, centralizar las comunicaciones con la Sociedad, y validar cualquier información necesaria para la correcta prestación de los Servicios. En caso de que el Cliente desee sustituir a dicho responsable, deberá en la medida de lo posible notificarlo a la Sociedad con al menos quince (15) días de antelación a la fecha efectiva del cambio. El nuevo responsable designado deberá contar con un nivel de cualificación y responsabilidad equivalente al del representante anterior.

7.2. Interlocutor designado (Mantenimiento Correctivo y Prestaciones).                                                          

El Cliente se compromete a designar un interlocutor específico encargado de la correcta ejecución del Mantenimiento Correctivo y/o de las Prestaciones, cuando proceda. Este interlocutor deberá: estar disponible para colaborar con la Sociedad, poseer un nivel de competencia técnica suficiente, y ser el único contacto autorizado para la gestión de incidencias, solicitudes de soporte y coordinación de Prestaciones.

En caso de que el interlocutor designado deba ser sustituido por motivos de enfermedad, baja laboral, cese, renuncia u otras circunstancias, el Cliente deberá notificarlo inmediatamente a la Sociedad y designar un sustituto con competencias y experiencia equivalentes. El Cliente asumirá íntegramente los costes derivados de la transferencia de conocimientos al nuevo interlocutor designado.

Artículo 8 – DERECHOS CONCEDIDOS AL CLIENTE SOBRE EL PROGICIEL 

El Cliente reconoce que los derechos que se le conceden sobre el Progiciel derivan del Contrato de venta y del CLUF aplicable, prevaleciendo siempre las estipulaciones específicas del Contrato de venta sobre las presentes CGV.

8.1. Concesión del derecho de uso En contraprestación al pago íntegro de los importes debidos por la Licencia o la Suscripción SaaS, según lo establecido en el Bon de Pedido, el Cliente obtiene un derecho de uso: personal, no exclusivo, intransferible, no sublicenciable, limitado a la duración y al Périmetro definidos en el Bon de Pedido, y exclusivamente para las necesidades internas de su actividad profesional. El uso del Progiciel deberá realizarse: conforme al Contrato de venta, dentro del Entorno definido y de acuerdo con la Documentación. Licencia (instalación local) Cuando el Cliente contrata una Licencia, el Progiciel deberá instalarse únicamente en el Sitio Autorizado y en los equipos previstos en el Bon de Pedido.  Suscripción SaaS Cuando el Cliente contrata una Suscripción SaaS, el Progiciel se aloja en el Servidor del Editor, y el Cliente accede a él de forma remota. En ningún caso la Suscripción SaaS implica una venta del Progiciel ni la transmisión de derechos de propiedad intelectual.

8.2. Restricciones de uso                                                                                                                                   

Salvo autorización expresa y escrita en el Contrato de venta, el Cliente tiene prohibido:                               

(i) poner el Progiciel a disposición de terceros, prestarlo, arrendarlo, cederlo, sublicenciarlo o permitir su uso por terceros, ya sea de forma gratuita o remunerada;          (ii) utilizar el Progiciel para prestar servicios a terceros tales como ASP, SaaS, outsourcing, mantenimiento de aplicaciones, consultoría, auditoría, formación o cualquier otro servicio comercial basado en el Progiciel;                                                                                                                                            

(iii) copiar total o parcialmente el Progiciel, salvo una única copia inactiva destinada exclusivamente a fines de seguridad o archivo, reproduciendo todas las menciones de titularidad y DPI;                             

(iv) modificar, traducir, adaptar, integrar o combinar el Progiciel con otros programas, ni crear obras derivadas o compuestas;                                                                                                                                             

(v) realizar ingeniería inversa, descompilar o desensamblar el Progiciel, salvo en los casos permitidos por la legislación española y únicamente para garantizar la interoperabilidad, previa solicitud formal al Editor;                                                                                                                                                                            (vi) utilizar el Progiciel infringiendo cualquier disposición legal o reglamentaria aplicable. En caso de que el Cliente necesite información para garantizar la interoperabilidad del Progiciel con otros programas, deberá solicitarla previamente al Editor, comprometiéndose a limitar cualquier reproducción o traducción del código a lo estrictamente necesario.

8.3. Documentación                                                                                                                                                  El Cliente podrá imprimir la Documentación únicamente para facilitar el uso del Progiciel por su personal autorizado. Queda prohibido: (i) distribuir la Documentación a terceros, (i) distribuir la Documentación a terceros, (ii) ponerla a disposición de terceros por cualquier medio, (iii) crear obras derivadas basadas en la Documentación.

Artículo 9 – SERVICIOS DE MANTENIMIENTO Y ALOJAMIENTO

9.1. Mantenimiento                                                                                                                                              Salvo que el Contrato de venta disponga lo contrario y siempre en contraprestación al pago de la tarifa correspondiente, la Sociedad prestará al Cliente los servicios de Mantenimiento, que incluyen el Mantenimiento Correctivo y el Mantenimiento Evolutivo, en los términos establecidos en el presente artículo.                                   

9.1.1. Mantenimiento Correctivo                                                                                                                             En el marco del Mantenimiento Correctivo, la Sociedad pone a disposición del Cliente: un servicio de soporte telefónico en español, disponible en días laborables y en horario laboral, y un servicio de soporte por correo electrónico, igualmente en español.                               

Las solicitudes de asistencia deberán realizarse a través del espacio dedicado del Cliente, mediante la creación de un ticket de soporte, disponible 24 horas al día, 7 días a la semana, en la dirección:

 www.mysolutionconnect.com/es 

En este contexto, la Sociedad se compromete a corregir o, en su caso, proporcionar soluciones alternativas a las Anomalías detectadas durante el uso del Progiciel no modificado, siempre que dichas Anomalías sean comunicadas por el interlocutor designado del Cliente y dentro de los límites establecidos por los Niveles de Servicio.

Si la Anomalía no pudiera ser resuelta o mitigada conforme al Contrato de venta y a los Niveles de Servicio, la Sociedad podrá intervenir in situ, previa formalización de un Bon de Pedido adicional y con facturación independiente.

El Cliente reconoce que la Sociedad queda exonerada de toda obligación de Mantenimiento Correctivo cuando la Anomalía derive de: (i) el uso del Progiciel en un entorno distinto al Entorno autorizado, incluyendo software de terceros no previsto, (ii) el uso de una versión distinta de la Versión Vigente o de la versión mayor inmediatamente anterior, (iii) el uso de una versión del Progiciel modificada por el Cliente o por terceros, (iv) cualquier uso no conforme con el Contrato de venta, la Documentación o las instrucciones del Editor, (v) cualquier causa ajena al Progiciel, al Editor o a la Sociedad. El Cliente será responsable de: disponer del Entorno actualizado conforme a las necesidades del Progiciel y de las Actualizaciones, contar con la organización y competencias internas necesarias para un uso adecuado del Progiciel, facilitar a la Sociedad toda la información y documentación necesaria para la correcta prestación del Mantenimiento Correctivo.

En particular, el Cliente se compromete a: (i) registrar todas las Anomalías y solicitudes de intervención en un registro de incidencias disponible para la Sociedad, (ii) disponer de los medios técnicos y de telecomunicaciones necesarios para permitir la intervención de la Sociedad, (iii) comunicar cualquier información adicional que la Sociedad considere necesaria para la resolución de la incidencia.

9.1.2. Mantenimiento Evolutivo                                                                                                                      Cuando el Editor informe a la Sociedad de la disponibilidad de una Actualización, la Sociedad comunicará dicha disponibilidad al Cliente a través de su sitio web o por correo electrónico. A solicitud del Cliente o automáticamente, cuando así se establezca en el Contrato de venta o en la Suscripción SaaS, la Sociedad pondrá a disposición del Cliente las Actualizaciones por los medios que considere adecuados, acompañadas, en su caso, de la Documentación correspondiente. Toda Actualización constituye un producto indivisible con el Progiciel. A efectos contractuales, la activación de una Actualización se considerará como una instalación. El Cliente reconoce que la instalación de una Actualización puede requerir la actualización previa del Entorno, comprometiéndose a realizar dichas actualizaciones a su cargo. Quedan excluidos del Mantenimiento Evolutivo: (i) cualquier software o módulo adicional no cubierto expresamente por el Contrato de venta, (ii) cualquier configuración distinta del Entorno autorizado.

Artículo 10 – FORMACIÓN Y PRESTACIONES

10.1. Disposiciones generales.                                                                                                                                  A solicitud del Cliente, la Sociedad podrá prestar Servicios de Formación y Prestaciones, incluyendo, entre otros asistencia en la instalación, parametrización, configuración y uso del Progiciel. Estas prestaciones: deberán formalizarse mediante un Bon de Pedido o contrato específico, se facturarán conforme a las tarifas vigentes en el momento de la contratación, y se ejecutarán conforme a las condiciones establecidas en el Contrato de venta. El Cliente se compromete, de manera específica, a: (i) colaborar activamente y de forma estrecha con la Sociedad, facilitando toda la información, documentación y acceso necesarios para la correcta ejecución de los Servicios; (ii) salvo estipulación expresa en contrario en el Contrato de venta o en el CLUF, asumir íntegramente la protección, copia de seguridad y conservación de los archivos, datos y documentos que entregue a la Sociedad. La Sociedad no será responsable de la pérdida, alteración o deterioro de dichos datos.

10.2. Disposiciones específicas relativas a la Formación. El contenido de las Formaciones, incluyendo formaciones presenciales, a distancia o por videoconferencia se describe en la documentación comercial disponible a solicitud del Cliente. El Cliente declara haber revisado dicha documentación y se compromete a cumplir los requisitos previos y condiciones aplicables.

10.2.1. Formalización de la Formación.                                                                                                              

Toda Formación deberá contratarse mediante un Bon de Pedido que identifique expresamente al Cliente como entidad contratante. La lista definitiva de participantes deberá acordarse entre las Partes después de la firma del Contrato de venta, y en todo caso con un mínimo de diez (10) días de antelación a la fecha de inicio de la Formación.

10.2.2. Precio de la Formación.                                                                                                                             

Los precios incluyen: la impartición de la Formación y, en su caso, la entrega de materiales formativos, con un máximo de un (1) ejemplar por participante. No incluyen: gastos de desplazamiento, alojamiento, manutención, ni cualquier otro gasto asociado de los participantes, que serán asumidos íntegramente por el Cliente.

10.2.3. Cancelación o aplazamiento por parte del Cliente                                                                                

Las solicitudes de cancelación o aplazamiento deberán realizarse por escrito, siendo nulas las comunicaciones verbales. Cancelación: Más de 10 días antes de la fecha de inicio: No se aplicará penalización. Menos de 10 días antes de la fecha de inicio: Se facturará al Cliente el 100% del importe de la Formación, salvo fuerza mayor. Aplazamiento: Menos de 2 días laborables antes de la fecha de inicio: Penalización del 100% del importe de la sesión aplazada. Entre 2 y 8 días laborables antes de la fecha de inicio: enalización del 50% del importe de la sesión aplazada. Estas penalizaciones no son deducibles del precio total de la Formación reprogramada. Toda solicitud de aplazamiento quedará sujeta a las condiciones de inscripción previstas en este artículo. 

10.2.4. Cancelación por parte de la Sociedad La Sociedad podrá cancelar una sesión de Formación, sin obligación de indemnizar al Cliente, en los siguientes casos: número insuficiente de participantes, indisponibilidad del formador, u otras circunstancias justificadas. La Sociedad informará al Cliente al menos cinco (5) días antes de la fecha prevista. En tal caso, la Sociedad propondrá una nueva fecha. Si la cancelación se produce con menos de cinco (5) días de antelación, el Cliente podrá solicitar el reembolso íntegro de las cantidades abonadas por esa sesión, dentro de los cinco (5) días laborables siguientes a la notificación. Este reembolso tendrá carácter liberatorio y constituirá la única compensación posible.

10.2.5. Adecuación de la Formación                                                                                                                       

El Cliente reconoce que: (i) Antes de la firma del Bon de Pedido correspondiente, ha podido verificar que la Formación seleccionada se ajusta a sus necesidades y objetivos. (ii) Para determinadas sesiones de Formación, puede ser necesario que los participantes dispongan de un nivel mínimo de conocimientos o experiencia técnica, a fin de garantizar una correcta comprensión y aprovechamiento de los contenidos impartidos.

La evaluación del nivel de los participantes es responsabilidad exclusiva del Cliente, quien deberá comprobar y garantizar que las personas inscritas cumplen los requisitos de conocimientos y competencias necesarios para participar adecuadamente en la Formación.

10.3. Disposiciones específicas relativas a las Prestaciones.

10.3.1. Ejecución de las Prestaciones y entrega de los Entregables.                                                                 

La ejecución de las Prestaciones y la entrega de los Entregables se organizarán y realizarán conforme a las condiciones establecidas en cada Bon de Pedido. La ejecución de las Prestaciones y la entrega de los Entregables se organizarán y realizarán conforme a las condiciones establecidas en cada Bon de Pedido. Los Entregables se considerarán entregados desde el momento en que el Cliente firme el correspondiente albarán de entrega o documento equivalente.

10.3.2. Procedimiento de aceptación (receta) de los Entregables                                                           

Cuando el Bon de Pedido lo prevea expresamente, los Entregables estarán sujetos a un procedimiento de aceptación por parte del Cliente. El Cliente dispondrá del plazo indicado en el Bon de Pedido para: verificar la conformidad del Entregable con lo establecido en el Bon de Pedido, o formular reservas detalladas y documentadas relativas a posibles Errores Mayores. Definición de Error Mayor” Se entenderá por Error Mayor cualquier defecto de diseño, desarrollo o funcionamiento del Entregable que: impida total o parcialmente su utilización, o impida la ejecución de las funcionalidades previstas en el Bon de Pedido.       En caso de detectarse Errores Mayores: El Cliente deberá consignarlos por escrito. La Sociedad deberá entregar, dentro del plazo establecido en el Bon de Pedido, un nuevo Entregable corregido. El nuevo Entregable será sometido nuevamente al procedimiento de verificación previsto en este artículo. Solo la existencia de Errores Mayores podrá impedir la validación del Entregable. Una vez superada la verificación sin reservas, las Partes firmarán un acta de aceptación (receta). 

Reglas adicionales (i) Únicamente los Errores Mayores detectados durante la primera verificación serán tenidos en cuenta en las verificaciones posteriores. (ii) La puesta en producción del Entregable por parte del Cliente se considerará como aceptación plena y sin reservas del mismo.

Artículo 11 – CONDICIONES FINANCIERAS

11.1. Tarifas.                                                                                                                                                                 

El Cliente se compromete a abonar los importes establecidos en el Bon de Pedido, entendiéndose que toda duración contractual es firme y que los importes debidos a este título son irrevocables. Los precios indicados en el Bon de Pedido se entienden sin impuestos, son firmes y definitivos, sin perjuicio de la aplicación de la cláusula de revisión prevista en el artículo 11.3. Toda contratación adicional realizada conforme al artículo 4.2 se facturará según las tarifas vigentes en ese momento. Las tarifas de la Sociedad están a disposición del Cliente, quien podrá solicitarlas en cualquier momento, especialmente para conocer las condiciones y precios aplicables.

11.2. Facturación y condiciones de pago.                                                                                                            

Los importes abonados a la Sociedad son firmes y no reembolsables.

11.2.1. Licencias en modo suscripción”; Suscripciones SaaS; Servicios. Las Licencias en modo suscripción”, las Suscripciones SaaS y el Mantenimiento se facturan anualmente por adelantado. En caso de ampliación del Périmetro y/o de ampliación del Nivel de Servicio conforme al artículo 4 en el marco del Mantenimiento, se emitirá una factura de regularización, también por adelantado, calculada según las tarifas y tipos vigentes en la fecha del Bon de Pedido. Esta ampliación se prorrateará pro rata temporis respecto del periodo contractual en curso, y dicha factura de regularización se tendrá en cuenta para el cálculo de los importes aplicables en caso de renovación del Contrato de venta. Las Formaciones y las Prestaciones se facturarán conforme al Bon de Pedido correspondiente.

11.2.2. Plazos y condiciones de pago Las facturas emitidas por la Sociedad en virtud del Contrato de venta deberán pagarse en un plazo de treinta (30) días desde su emisión, neto y sin descuento. No obstante lo anterior, las facturas correspondientes a un primer pedido deberán pagarse íntegramente en el momento de su formalización. Salvo autorización previa y expresa de la Sociedad, el Cliente no podrá practicar deducciones, ni retener cantidad alguna por compensación o por cualquier otro medio.

11.3. Revisión de precios El precio de la Suscripción SaaS, del Mantenimiento, de la Licencia en modo suscripción” y/o de cualquier Prestación recurrente podrá revisarse anualmente, en la fecha de aniversario del Bon de Pedido correspondiente, dentro del límite de la variación del índice SYNTEC + 1,5% por cada periodo anual.

11.4. Incidentes de pago. Salvo aplazamiento solicitado por el Cliente y aceptado por escrito por la Sociedad, cualquier impago a su vencimiento conllevará: (i) de pleno derecho, la facturación de intereses de demora equivalentes a tres (3) veces el tipo de interés legal, así como una indemnización fija de 40 € por gastos de recobro, conforme al Código de Comercio francés; (ii) la pérdida del beneficio del plazo respecto de todas las cantidades adeudadas a la Sociedad, que pasarán a ser exigibles inmediatamente. Sin perjuicio de cualquier otra estipulación, la Sociedad se reserva el derecho, cinco (5) días hábiles después del envío de un requerimiento formal por carta certificada con acuse de recibo que haya quedado sin efecto, de suspender el acceso a la Suscripción SaaS y/o a los Servicios en caso de impago. Esta suspensión no se considerará un incumplimiento contractual por parte de la Sociedad y se realizará sin perjuicio del derecho de la Sociedad a: resolver el Contrato de venta, y reclamar los daños y perjuicios que pudieran corresponderle. En su caso, podrán facturarse gastos de reactivación del servicio. Las cantidades recuperadas por vía judicial se incrementarán, además de los intereses moratorios, con una indemnización adicional del 10% del total adeudado.

11.5. Gastos profesionales. Los gastos profesionales (incluidos, entre otros, los de desplazamiento y estancia) generados para la ejecución del Contrato de venta serán facturados: a coste real, previa presentación de justificantes, o según una tarifa fija, cuando así se indique en el Bon de Pedido.

Artículo 12 – PROPIEDAD INTELECTUAL

12.1. Progiciel. La Licencia, la Suscripción SaaS y el Mantenimiento no implican transferencia alguna de derechos de propiedad intelectual sobre el Progiciel, que permanece como propiedad exclusiva del Editor y/o de sus licenciantes..

12.2. Formación y Prestaciones.

12.2.1. Materiales de Formación y Entregables                                                                                                  

Los materiales proporcionados por la Sociedad en el marco de la Formación, así como los resultados de todos los trabajos y Entregables realizados por la Sociedad en ejecución del Contrato de venta, junto con los métodos, herramientas y conocimientos técnicos preexistentes utilizados o desarrollados por la Sociedad durante la prestación de los Servicios, seguirán siendo propiedad exclusiva de la Sociedad y/o de sus licenciantes, quienes conservarán todas las prerrogativas asociadas a dichos derechos. Quedan excluidas de esta reserva únicamente las evoluciones del Progiciel puestas a disposición del Cliente en el marco del Mantenimiento y sometidas al CLUF. El Cliente no está autorizado, sin el consentimiento previo y expreso de la Sociedad, a: reproducir, distribuir, traducir, adaptar, representar, crear obras derivadas, o poner a disposición de terceros, por cualquier medio, los materiales de Formación de la Sociedad. Asimismo, la utilización de dichos materiales para impartir formaciones o realizar presentaciones de cualquier tipo requiere la adquisición de una licencia específica otorgada por la Sociedad y/o sus licenciantes.

12.2.2. Derechos sobre los trabajos y Entregables                                                                                            

Una vez efectuado el pago íntegro del precio de las Prestaciones, la Sociedad concede al Cliente una licencia de uso personal, no exclusiva sobre los trabajos resultantes de las Prestaciones, incluidos los Entregables, exclusivamente para: sus propias necesidades internas, el Sitio Autorizado, y durante la vigencia de los derechos de propiedad intelectual aplicables. El Cliente garantiza disponer de todos los derechos de propiedad intelectual sobre los elementos que pueda poner a disposición de la Sociedad en el marco de las Prestaciones, concediendo a la Sociedad una licencia de uso de dichos elementos con el único fin de ejecutar las Prestaciones. En particular, el Cliente garantiza que dispone de los derechos necesarios para poner a disposición de la Sociedad las bases de datos utilizadas en el marco de las Prestaciones. En caso contrario, el Cliente asumirá íntegramente: las consecuencias derivadas de dicha puesta a disposición, y la obligación de indemnizar y mantener indemne a la Sociedad frente a cualquier reclamación de terceros.

Artículo 13 – DURACIÓN Y RESOLUCIÓN

13.1. Duración                                                                                                                                                             

El Contrato de venta entra en vigor en la Fecha de Entrada en Vigor, y la Licencia, la Suscripción SaaS y, en su caso, los Servicios, surten efecto en sus respectivas fechas de inicio y por la duración establecida en el Bon de Pedido correspondiente. Salvo que el Bon de Pedido disponga lo contrario, la Licencia en modo suscripción”, la Suscripción SaaS y el Mantenimiento se contratan por un período inicial de doce (12) meses y se renovarán automáticamente en su fecha de aniversario, por períodos sucesivos de igual duración y para el mismo Périmetro, aplicándose la revisión de precios prevista en el artículo 11.3. Cada Parte podrá oponerse a la renovación automática notificándolo a la otra Parte conforme a los artículos 13.1 o 13.2, con un preaviso mínimo de tres (3) meses antes del final del período anual en curso.

13.2. Resolución                                                                                                                                                        

En caso de incumplimiento por una de las Partes de cualquiera de sus obligaciones contractuales, no subsanado en un plazo de treinta (30) días desde la recepción o, en su defecto, desde la primera presentación de una notificación formal enviada por carta certificada con acuse de recibo, la otra Parte podrá resolver el Contrato de venta mediante notificación por el mismo medio, sin perjuicio de los daños y perjuicios que pudiera reclamar. No obstante lo anterior, la Sociedad podrá resolver el Contrato de venta sin preaviso y mediante simple notificación, en los siguientes casos: (i) utilización ilícita de los Productos o Servicios de la que tenga conocimiento, (ii) mandato o requerimiento de una autoridad judicial competente. Toda resolución del Contrato de venta conlleva: la exigibilidad inmediata de todas las facturas emitidas por la Sociedad, y la no devolución de cantidad alguna ya abonada por el Cliente.

13.3. Efectos de la terminación del Contrato de venta                                                                                          

A la finalización del Contrato de venta, por cualquier causa: (i) el Cliente deberá cesar toda utilización del Progiciel; en el caso de una Suscripción SaaS, el acceso del Cliente al Progiciel quedará inmediatamente deshabilitado, (ii) los Servicios cesarán automática e inmediatamente, (iii) las cantidades abonadas por el Cliente permanecerán adquiridas por la Sociedad, (iv) el Cliente se compromete a abonar a la Sociedad todas las cantidades pendientes derivadas del Contrato de venta, (v) cada Parte deberá devolver a la otra, en un plazo de quince (15) días, todos los elementos que le hayan sido proporcionados para la ejecución del Contrato, incluyendo las Informaciones Confidenciales, cuando hayan dejado de ser necesarias debido a la terminación. En el marco de la Suscripción SaaS, las condiciones de restitución de los datos del Cliente se regirán por lo establecido en el Contrato de venta aplicable. Las disposiciones de los artículos 8, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 19, 20, 21 y 22, así como todas aquellas que por su naturaleza deban subsistir tras la finalización del Contrato de venta, continuarán en vigor sin limitación temporal, salvo que en dichos artículos se establezca una duración distinta.

Artículo 14 – GARANTÍAS

14.1. Garantía sobre el Progiciel                                                                                                                              

La aplicación de la garantía contractual prevista en el Contrato de venta no exime al Cliente de su obligación de pago íntegro frente a la Sociedad. Por acuerdo expreso, el Cliente pierde el beneficio de la garantía del Editor en los siguientes casos: (i) incumplimiento del Contrato de venta, (ii) uso del Progiciel no conforme a su finalidad, al Contrato de venta aplicable, a la Documentación y/o a las especificaciones técnicas de la Sociedad y/o del Editor, (iii) incorporación de dispositivos o elementos complementarios, (iv) modificación del Progiciel.

14.2. Garantía general sobre los Servicios.                                                                                                           

La Sociedad garantiza exclusivamente que los Servicios serán ejecutados de manera profesional y por personal cualificado, y que, en el caso de las Prestaciones, los Entregables serán conformes a las estipulaciones del Bon de Pedido correspondiente. Esta garantía es limitativa y exclusiva de cualquier otra garantía. En ningún caso las garantías previstas en este artículo sustituyen a los servicios de Mantenimiento.

14.3 Garantía específica sobre la Formación y las Prestaciones                                                                  

Salvo acuerdo expreso entre las Partes, cualquier reclamación relativa a la Formación y/o a las Prestaciones quedará prescrita una vez transcurrido un plazo de treinta (30) días desde: la fecha de finalización de su ejecución, o en su caso, la fecha de firma del acta de aceptación (receta) conforme, cuando existan Entregables.

ArtÍculo 15 – RESPONSABILIDAD

15.1. El Cliente reconoce que la Sociedad ha cumplido debidamente con sus obligaciones precontractuales de información y asesoramiento, y que, respecto del conjunto de sus obligaciones derivadas del Contrato de venta, la Sociedad está sometida a una obligación general de medios. Por acuerdo expreso entre las Partes, en caso de que se invoque la responsabilidad de la Sociedad, cualquiera que sea la naturaleza o el fundamento de la acción: (i) únicamente serán indemnizables los daños directos y previsibles; (ii) no darán lugar a indemnización los daños indirectos o imprevisibles, incluidos, entre otros: interrupción del funcionamiento del Progiciel, pérdida de datos, archivos o programas, pérdida de explotación, perjuicio comercial, pérdida de clientela, cualquier perturbación comercial, pérdida de imagen o reputación, sufridos por el Cliente, sus usuarios o terceros, incluso si la Sociedad hubiera sido advertida de la posibilidad de tales daños; (iii) el importe máximo de la indemnización que pudiera corresponder a la Sociedad por el Contrato de venta —por toda la duración del mismo y por cualquier causa o tipo de daño— queda expresamente limitado al importe abonado por el Cliente a la Sociedad por: (a) la Licencia perpetua”, o por la Suscripción SaaS / Licencia en modo suscripción correspondiente al período anual en curso en el que se origine el daño, y/o (b) la Maintenance correspondiente al período anual en curso en el que se origine el daño, y/o (c) las Prestaciones y/o la Formación que hayan originado el daño; (iv) y, en todo caso, tanto en los supuestos (a), (b) como (c), la responsabilidad de la Sociedad quedará limitada a un máximo de cincuenta mil (50.000) euros, impuestos no incluidos. Asimismo, en caso de perjuicios derivados del uso del Progiciel, especialmente los relacionados con obligaciones fiscales, el Cliente deberá informarse de las condiciones de responsabilidad del Editor previstas en el Contrato de venta o en cualquier documento contractual relacionado.

15.2. Prescripción y fuerza mayor.                                                                                                                        

Por acuerdo expreso, cualquier acción de responsabilidad contra la Sociedad derivada del Contrato de venta prescribirá al año (1) desde el hecho generador. Ninguna de las Partes será responsable frente a la otra en caso de incumplimiento de sus obligaciones contractuales cuando dicho incumplimiento se deba a un supuesto de fuerza mayor, conforme al artículo 1218 del Código Civil francés, o a la liquidación judicial de un proveedor o subcontratista de la Sociedad, o a huelgas totales o parciales. La Parte que invoque la fuerza mayor deberá notificarlo a la otra Parte mediante carta certificada con acuse de recibo, en un plazo máximo de cuatro (4 ) días hábiles, indicando la necesaria ampliación de los plazos de ejecución afectados. En primera instancia, la fuerza mayor suspenderá las obligaciones contractuales afectadas, excepto la obligación de pago del Cliente, que seguirá plenamente vigente. Si la suspensión se prolonga más allá de cuarenta y cinco (45) días, cualquiera de las Partes podrá resolver el Contrato de venta de pleno derecho, mediante carta certificada con acuse de recibo, con efectos ocho (8) días después de su recepción y sin derecho a indemnización.

15.3. Responsabilidad del Cliente                                                                                                                            

El Cliente será el único responsable: (i) de la elección del Progiciel y/o de las Prestaciones contratadas, así como del uso que haga de los mismos; (ii) de los resultados obtenidos y de cualquier uso no conforme con el Contrato de venta; (iii) del cumplimiento del Entorno, de su red interna, de su acceso a Internet, de sus propios equipos informáticos y de sus actualizaciones. En todo caso, el Cliente responderá del cumplimiento del Contrato de venta por parte de sus usuarios y mantendrá indemne a la Sociedad frente a cualquier incumplimiento cometido por estos.

15.4. Equilibrio contractual                                                                                                                                       

El Cliente reconoce que las limitaciones y exclusiones de responsabilidad previstas en el Contrato de venta reflejan la repartición de riesgos y el equilibrio económico acordado entre las Partes. Asimismo, reconoce que las condiciones del Contrato de venta incluidas las condiciones financieras habrían sido sustancialmente distintas de no existir dichas limitaciones y exclusiones, las cuales seguirán vigentes incluso en caso de resolución o terminación del Contrato de venta.

Artículo 16 – CONFIDENCIALIDAD

16.1. Definición de Información Confidencial                                                                                                        

Se considerará Información Confidencial toda información relativa al Contrato de venta y, en general sin carácter limitativo toda información relativa a: las condiciones tarifarias aplicadas, el Contrato de venta, las actividades presentes y futuras de las Partes, su personal, o su know‑how, independientemente de que dicha información haya sido obtenida directa o indirectamente, de forma oral o escrita, de la otra Parte, de sus empleados, subcontratistas, mandatarios o prestadores de servicios.

16.2.Exactitud de la Información Confidencial. Las Informaciones Confidenciales se facilitan sin garantía alguna respecto a su exactitud o integridad.

16.3. Exclusiones                                                                                                                                                      

No tendrán la consideración de Información Confidencial: (i) la información que sea accesible al público o llegue a serlo sin incumplimiento del Contrato de venta por parte de una de las Partes, (ii) la información que una Parte posea legalmente antes de su divulgación por la otra Parte, (iii) la información que no resulte directa ni indirectamente del uso de las Informaciones Confidenciales, (iv) la información obtenida válidamente de un tercero autorizado a transferirla o divulgarla.

16.4. Obligaciones de uso y no divulgación                                                                                                     

Cada Parte se compromete a: (i) no utilizar las Informaciones Confidenciales de la otra Parte para ningún fin distinto de la ejecución de sus derechos y necesiten conocerlas para la ejecución de las prestaciones o de las negociaciones comerciales entre las Partes, obligaciones derivados del Contrato de venta, (ii) no divulgar las Informaciones Confidenciales de la otra Parte a ninguna persona, por ningún medio, salvo a aquellos empleados, prestadores de servicios, asesores o subcontratistas que necesiten conocerlas para la ejecución de las prestaciones o de las negociaciones comerciales entre las Partes.

16.5. Nivel de protección                                                                                                                                     

Cada Parte se compromete a proteger las Informaciones Confidenciales de la otra Parte con el mismo grado de diligencia que aplica a sus propias informaciones confidenciales.

16.6. Divulgación obligatoria                                                                                                                                  

Las Partes entienden y aceptan que ninguna de ellas será responsable por la divulgación de Información Confidencial cuando dicha divulgación sea consecuencia de una decisión ejecutiva de una autoridad administrativa o judicial competente. En tal caso, la Parte obligada a divulgar deberá en la medida permitida por la ley aplicable informar previamente por escrito a la otra Parte antes de proceder a la divulgación

16.7. Obligación de confidencialidad de terceros autorizados                                                                           

Cada Parte garantiza que sus empleados, prestadores de servicios y subcontratistas que tengan acceso a Informaciones Confidenciales estarán sujetos a una obligación de confidencialidad equivalente a la prevista en el presente artículo, con carácter previo a cualquier divulgación.

16.8. Duración de la obligación de confidencialidad                                                                                             

El presente artículo permanecerá en vigor durante tres (3) años tras la terminación del Contrato de venta, cualquiera que sea su causa.

16.9. Restitución de las Informaciones Confidenciales                                                                                          

A la finalización del Contrato de venta, por cualquier motivo, cada Parte que haya recibido Informaciones Confidenciales de la otra deberá: restituirlas inmediatamente en un soporte que permita su explotación, y en todo caso dentro de un plazo inferior a quince (15) días hábiles, o destruir todas las copias de dichas Informaciones Confidenciales, proporcionando sin demora a la otra Parte una certificación escrita de destrucción.

Artículo 17 – REFERENCIAS

Por excepción a lo dispuesto en el artículo 16, cada Parte podrá utilizar el nombre y el logotipo de la otra Parte en sus referencias comerciales, así como en el marco de su comunicación interna y externa, en cualquier tipo de soporte, incluido sin carácter limitativo su sitio web y el de sus entidades afiliadas. Esta autorización será válida durante toda la vigencia del Contrato de venta, ampliada por un período adicional de tres (3) meses, cualquiera que sea la causa de su terminación. No obstante, cada Parte podrá revocar esta autorización en cualquier momento, mediante simple notificación a la otra Parte.

Artículo – 18 SEGUROS

Las Partes declaran haber suscrito un seguro de responsabilidad civil profesional que cubre el conjunto de las actividades relacionadas con la ejecución del Contrato de venta. Asimismo, las Partes manifiestan que dichos seguros han sido contratados con compañías solventes y de reconocida reputación, establecidas en Francia, y que el pago de las primas se encuentra y permanecerá al día durante toda la vigencia del Contrato de venta.

Artìculo 19 – DATOS DE CARÁCTER PERSONAL

19.1. Obligaciones del Cliente                                                                                                                                  

El Cliente garantiza a la Sociedad que cumple las obligaciones que le corresponden en virtud de la normativa aplicable en materia de protección de Datos de Carácter Personal, en particular el Reglamento (UE) 2016/679, de 27 de abril de 2016 (RGPD). En este sentido, el Cliente mantendrá indemne a la Sociedad frente a cualquier recurso, reclamación o demanda

19.2. Obligaciones de la Sociedad como encargado del tratamiento.                                                               

La Sociedad, en su condición de encargado del tratamiento, se compromete a tratar los Datos de Carácter Personal únicamente en el marco estrictamente necesario para la ejecución del Contrato de venta y a actuar exclusivamente conforme a las instrucciones documentadas facilitadas por el Cliente. La Sociedad informará al Cliente si considera que una instrucción no se ajusta a la normativa de protección de datos. A falta de instrucciones adicionales, la conclusión del Contrato de venta y la ejecución de su objeto constituyen las instrucciones documentadas del Cliente. Cualquier instrucción que exceda o modifique las instrucciones documentadas previstas en este artículo: requerirá la emisión de un presupuesto específico, y será objeto de facturación separada. La Sociedad podrá rechazar cualquier instrucción adicional o modificativa que no conste por escrito.

19.3. Seguridad y confidencialidad                                                                                                                        

La Sociedad se compromete a adoptar todas las medidas técnicas y organizativas necesarias para preservar la confidencialidad, integridad y seguridad de los Datos de Carácter Personal que le sean confiados.

19.4. Transferencias internacionales de datos                                                                                                      

En caso de que los Datos de Carácter Personal deban ser objeto de transferencias internacionales fuera del Espacio Económico Europeo (EEE), la Sociedad garantizará un nivel adecuado de protección y regulará dicha transferencia conforme a la normativa aplicable. Cuando la transferencia requiera la firma de las cláusulas contractuales tipo adoptadas por la Comisión Europea en su decisión de 5 de febrero de 2010, el Cliente otorga expresamente a la Sociedad un mandato para firmarlas en su nombre y por su cuenta, o en nombre del responsable del tratamiento cuando el Cliente no ostente dicha condición. La Sociedad remitirá al Cliente una copia firmada de dichas cláusulas.

19.5. Auditorías                                                                                                                                                  

Dentro del límite de una auditoría por año, y con un preaviso de quince (15) días hábiles, el Cliente podrá solicitar a la Sociedad, mediante carta certificada con acuse de recibo, la realización de una auditoría de conformidad relativa al tratamiento de Datos de Carácter Personal en el marco del Contrato de venta, siempre que: previamente haya solicitado por escrito información a la Sociedad para acreditar el cumplimiento de sus obligaciones como encargado del tratamiento, y las respuestas recibidas no resulten suficientes (salvo riesgo inminente para la seguridad de los datos). La solicitud deberá estar debidamente motivada e indicar: el auditor designado, la fecha, y el alcance de la auditoría. El alcance de la auditoría estará estrictamente limitado a los procesos de la Sociedad relacionados con los Servicios prestados como encargado del tratamiento. El auditor deberá: ser independiente, estar profesionalmente cualificado, no ser competidor de la Sociedad, y firmar previamente un acuerdo de confidencialidad. La auditoría: no podrá interferir en la actividad de la Sociedad, solo podrá realizarse durante su horario laboral, y contará con la asistencia de la Sociedad hasta un máximo de dos (2) días/hombre. El Cliente asumirá todos los costes de la auditoría, incluidos los honorarios del auditor, y reembolsará a la Sociedad los gastos derivados de la auditoría, especialmente el tiempo del personal que exceda los dos (2) días/hombre, según el tarifa media día/hombre aplicable. El Cliente comunicará los resultados de la auditoría a la Sociedad. Si se detecta un incumplimiento, la Sociedad adoptará las medidas necesarias para corregirlo e informará al Cliente. Las Partes reconocen que todos los informes e informaciones obtenidos durante la auditoría constituyen Información Confidencial.

19.6. Datos estadísticos y obligaciones legales                                                                                                  

Sin perjuicio de lo anterior, la Sociedad está expresamente autorizada a compilar información estadística y/o información anónima relativa a la ejecución de los Servicios, excluyendo cualquier Dato de Carácter Personal, con fines de análisis, investigación y desarrollo. Asimismo, la Sociedad podrá utilizar los datos del Cliente cuando sea necesario para cumplir sus obligaciones legales, contables y/o regulatorias.

ArtÍculo 20 – NO SOLCITACIÓN DE PERSONNEL

Salvo acuerdo expreso en contrario, el Cliente se compromete a no contratar, ni a hacer trabajar directa o indirectamente, a ningún miembro del personal de la Sociedad —cualquiera que sea su categoría profesional o especialización— durante toda la vigencia del Contrato de venta y durante un período adicional de veinticuatro (24) meses a partir de su terminación, cualquiera que sea la causa de esta. En caso de incumplimiento por parte del Cliente de la obligación de no solicitación prevista en el presente artículo, el Cliente deberá abonar a la Sociedad una indemnización forfaitaria equivalente a veinticuatro (24) meses de salario bruto, calculada sobre la base de la media de los doce (12) últimos meses de salario del miembro del personal afectado en la fecha de su dimisión, en concepto de cláusula penal.

Artículo 21 – AUDITORÍA

El Cliente reconoce que la Sociedad previo aviso por escrito y con un preaviso de tres (3) días hábiles, podrá realizar, o hacer que se realice por cuenta de la Sociedad, en particular mediante el uso de herramientas informáticas, una auditoría documental y/o presencial, con el fin de verificar el cumplimiento por parte del Cliente de sus obligaciones contractuales. El Cliente se compromete a cooperar plenamente con la Sociedad o con el prestador designado para tal fin, a fin de permitir la realización de la auditoría en condiciones óptimas, entendiéndose que la Sociedad se compromete a no perturbar de manera excesiva la actividad del Cliente. Si de la auditoría resultara que el Progiciel se utiliza de forma no conforme al Contrato de venta, el Cliente se compromete a abonar inmediatamente a la Sociedad la parte no pagada correspondiente a dicha utilización, además de los costes derivados de la auditoría, sin perjuicio de los demás derechos que la Sociedad y/o el Editor puedan ejercer en virtud del Contrato de venta. El presente artículo 21 permanecerá en vigor durante dos (2) años después de la terminación del Contrato de venta, cualquiera que sea su causa.

Artículo 22 – STIPULACIONES GENERALES

El Cliente acepta expresamente que la Sociedad pueda subcontratar la ejecución de la totalidad o parte de sus obligaciones contractuales a cualquier tercero de su elección, incluido el tratamiento de Datos de Carácter Personal, entendiéndose que la Sociedad seguirá siendo la única responsable frente al Cliente del cumplimiento íntegro de las obligaciones derivadas del Contrato de venta. El Cliente se compromete a no ceder, transmitir ni transferir, bajo ninguna forma, el Contrato de venta ni cualquiera de los derechos u obligaciones que de él se deriven, sin la autorización previa y expresa de la Sociedad. Sin perjuicio de informar previamente al Cliente, la Sociedad podrá ceder, transmitir o transferir sus derechos y obligaciones derivados del Contrato de venta a cualquier tercero de su elección. Por acuerdo expreso, el cedente quedará liberado de toda responsabilidad frente a la otra Parte desde la fecha de notificación escrita de la operación, sin que pueda exigírsele responsabilidad solidaria alguna respecto de la ejecución del Contrato de venta por parte del cesionario. Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 11.3, y por acuerdo expreso, si un cambio de circunstancias imprevisible en el momento de la celebración del Contrato de venta hace que su ejecución resulte excesivamente onerosa para una de las Partes, esta podrá solicitar a la otra mediante carta certificada con acuse de recibo la renegociación del Contrato de venta, indicando de forma clara y precisa los motivos. Dicha renegociación se limitará exclusivamente a las condiciones comerciales del Contrato de venta, y las Partes renuncian a solicitar judicialmente la revisión del mismo.Las Partes estarán obligadas a reunirse y negociar de buena fe las condiciones que permitan restablecer el equilibrio económico inicial del Contrato de venta, sin que ello implique la suspensión de las obligaciones contractuales. Si las Partes alcanzan un acuerdo, este deberá formalizarse mediante un anexo escrito al Contrato de venta, firmado por ambas Partes. En ausencia de acuerdo dentro de los tres (3) meses siguientes a la recepción de la solicitud de renegociación, cualquiera de las Partes podrá resolver el Contrato de venta, sin formalidades adicionales, mediante un nuevo preaviso de tres (3) meses notificado por carta certificada con acuse de recibo. Cada Parte se compromete a cumplir todas las leyes y normativas aplicables a su actividad y a la ejecución del Contrato de venta. Para que sea válida, cualquier modificación del Contrato de venta deberá constar por escrito y estar firmada por un representante debidamente autorizado de cada Parte. En este contexto, las condiciones generales de compra del Cliente no serán oponibles a la Sociedad, al igual que cualquier condición particular del Cliente, salvo aceptación previa y por escrito de la Sociedad. El hecho de que una de las Partes no exija el cumplimiento de una obligación contractual no constituirá, en el futuro, una renuncia a dicha obligación. Si alguna de las estipulaciones del Contrato de venta resultara nula conforme a una norma legal vigente o por decisión firme de una autoridad judicial competente, dicha estipulación se considerará no escrita, sin que ello afecte a la validez del resto del Contrato de venta. El Contrato de venta se regirá por el derecho español. En caso de litigio relativo a la interpretación, ejecución o resolución del Contrato de venta, y a falta de solución amistosa, las Partes acuerdan someter su controversia a la competencia exclusiva de los Juzgados y Tribunales de Madrid, incluso en caso de pluralidad de demandados o de llamamiento en garantía.